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Documentos de la Academia (20)

ESTATUTOS DE LA ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


TÍTULO I.- CONSTITUCIÓN, NATURALEZA ÁMBITO Y FINES.

Artículo 1º.- Con la denominación de “ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”  ha quedado constituida una Asociación, sin ánimo de lucro, que se regirá por los presentes Estatutos y por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Artículo 2º.- La Asociación, de ámbito nacional, está dotada de personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y se constituye por tiempo indefinido. Se fija su domicilio en Madrid, calle del Marqués de Cubas número 23, piso tercero.

Artículo 3º.- Los fines de la Academia Española de la Administración  Pública son apoyar, promover, estimular y desarrollar los valores de una administración pública profesional basada en una gestión eficaz y eficiente orientada al servicio de los ciudadanos.

Para su consecución, la Academia realizará las siguientes actividades:

a). La promoción y defensa de la imagen pública de los profesionales de las   administraciones  públicas.
b).Las encaminadas a la exigencia de valores éticos a los profesionales públicos, especialmente a los miembros de la Academia.
c).El requerimiento a los profesionales públicos de la dedicación al servicio de los ciudadanos y la defensa de los intereses de la sociedad.
d). La difusión y el intercambio de estudios, programas y  experiencias en el ámbito de las administraciones públicas.
e). El establecimiento de intercambios científicos y culturales con entidades similares.
f). La promoción de conferencias, seminarios, congresos, talleres y cualesquiera otras reuniones nacionales e internacionales.
g). La promoción de la formación y el perfeccionamiento del personal profesional o directivo de las administraciones públicas, directamente, o en colaboración con las administraciones u otras entidades.
f). Cuantas otras funciones de análoga naturaleza se consideren necesarias o convenientes para cumplir sus fines.

 

TÍTULO II.- DE LOS MIEMBROS DE LA ACADEMIA

Artículo 4º.- Podrán ser miembros de la Academia, y de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos, las personas físicas que sean profesionales en cualquier ámbito de las actuaciones de las administraciones públicas y del sector público.

Las personas interesadas en formar parte de la Academia habrán de formular su solicitud de ingreso al Presidente, quien la someterá a la Junta Directiva en su primera reunión.

Artículo 5º.- La Academia se compone de los siguientes miembros:

1. Miembros fundadores. Son los que firmen el acta fundacional en el acto de constitución de la Academia, o se hubieran adherido al manifiesto fundacional.
2. Miembros de número. Son los que ingresen tras la constitución de la Academia. Habrán de cumplir los siguientes requisitos:

a) Haber desarrollado o desarrollar su actividad profesional cualificada en cualquier ámbito de la función pública y el sector público.
b) Haber alcanzado el nivel superior de su actividad profesional.
c) Ser presentado por cinco académicos.
d) Ser admitido como académico por acuerdo de la Junta Directiva.

3. Miembros de honor. Son aquéllas personas que, por sus cualidades personales o por lo excepcional de su aportación a los fines de la Academia, designe la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. Los miembros de honor están exentos de pago de cuotas de cualquier tipo.

4. Socios colaboradores. Son personas físicas o jurídicas que colaboren en coadyuvar a la consecución de los fines de la Academia, por estar activamente comprometidos en la mejora de las Administraciones Públicas, y que sean admitidos por la Junta Directiva.

Artículo 6º.- La condición de miembro se perderá:
a) Por voluntad propia
b) Por acuerdo de la Junta Directiva o de la Asamblea General, por mayoría simple, basado en el incumplimiento habitual de sus deberes o por perjudicar gravemente los intereses de la Academia.
c) Por falta de pago de las cuotas establecidas.

Artículo 7º.-  Los Miembros fundadores y los Miembros de número de la Academia tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en las Asambleas Generales con voz y voto.
b) Ser electores y elegibles para cargos electivos.
c)  Formar parte de las comisiones y grupos de trabajo que se determinen.
d) Disfrutar de los servicios de la Academia y participar en las actividades que se organicen.
e) Recibir las publicaciones de la Academia y toda la información que soliciten sobre sus actividades, en todos los campos.

Artículo 8º.-  Los Miembros fundadores y los Miembros de número de la Academia, tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir las normas de los presentes Estatutos, así como los acuerdos de los órganos rectores válidamente adoptados.
b) Contribuir económicamente a la marcha y funcionamiento de la Academia
c) Aportar ideas, conocimientos y experiencias para el buen desarrollo de las actividades que se programen.
d) Cuidar los intereses genéricos de la Academia poniendo en conocimiento de esta los hechos que constituyan perjuicio para sus fines.
e) Observar un comportamiento ético y deontológico profesional que no ponga en entredicho la imagen y el buen nombre de la Academia.

Artículo 9º.-  Los Miembros de honor de la Academia tendrán los mismos derechos que los miembros fundadores y de número salvo el del apartado b) del artículo 7.
Asimismo, tendrán las mismas obligaciones a excepción de las previstas en  el apartado b) del artículo 8.

Artículo 10º.-

1. Los socios colaboradores de la Academia tendrán los siguientes derechos:
a) Recibir las publicaciones de la Academia.
b) Colaborar en los trabajos y debates de las Comisiones que se constituyan cuando así lo determine la Junta Directiva.
c) Asistir a todos los actos que convoque la Academia.

2. Los socios colaboradores tendrán las siguientes obligaciones:
a)  Cumplir las normas de los presentes Estatutos así como los acuerdos de los órganos rectores, válidamente adoptados.
b)  Satisfacer puntualmente las cuotas o derramas a las que se hayan comprometido para contribuir al sostenimiento de la Academia
c) Realizar los trabajos que les sean asignados por los órganos competentes de la Academia, mientras no renuncien a ellos o sean sustituidos.
d)  Observar un comportamiento ético y deontológico profesional que no ponga en entredicho la imagen y el buen nombre de la Academia.


Artículo 11º.-  La Junta Directiva podrá dar de baja en la Academia, de conformidad con el procedimiento que se establezca y, en cualquier caso, previa audiencia del interesado y por acuerdo motivado, a cualquiera de los miembros por la inobservancia de los deberes enumerados en los artículos anteriores.
En cualquier momento podrá cualquiera de los miembros darse de baja en la Academia mediante notificación a la Junta Directiva, estando el solicitante obligado al pago de las cuotas pendientes, si las hubiere.

 

TÍTULO  III.  DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA


Artículo 12º.- El Gobierno de la Academia Española de la Administración  Pública estará a cargo de la Asamblea General, y su representación a cargo de la Junta Directiva.

Artículo 13º.- El funcionamiento de la Academia estará a cargo de la Secretaría General en los términos previstos en el Capítulo III de este Título.


CAPÍTULO I. DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 14º.- La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Academia y estará compuesto por la totalidad de los miembros fundadores y de número de la misma.

La Asamblea General podrá reunirse con carácter ordinario y extraordinario. Con carácter ordinario se reunirá, al menos, una vez al año. Podrá reunirse con carácter extraordinario cuando así lo solicite el treinta por ciento de los miembros o lo estime necesario la Junta Directiva.

Artículo 15º.- La Asamblea General será convocada con quince días de antelación, como mínimo, salvo casos de urgencia apreciada por la Junta directiva, en cuyo caso la convocatoria se deberá hacer, por cualquier medio, con una antelación mínima de cuatro días. La convocatoria irá acompañada del orden del día y de todos aquéllos documentos necesarios para un eficaz seguimiento de las deliberaciones y de los trabajos de la Asamblea.
La Asamblea quedará constituida de pleno derecho en primera convocatoria, si se encontraran presentes la mitad mas uno de sus miembros, y en segunda convocatoria, pasada media hora de la primera, cualquiera que sea el número de asistentes.

Artículo 16º.- La Asamblea General tiene las siguientes atribuciones:

a) Elegir, de entre sus miembros, la Junta Directiva y su Presidente, así como al Secretario  General  y al Tesorero.
b) Estudiar y aprobar, en su caso,  la Memoria anual y el balance económico elaborado por la Junta Directiva.
c) Aprobar el plan de actuación y las cuentas y los presupuestos anuales de la Academia, así como las cuotas necesarias para cubrirlos.
d) Aprobar o reprobar las actuaciones de los órganos representativos de la Academia.
e) La aprobación y reforma de los Estatutos.
f) La aprobación del Reglamento de Régimen Interior, que, entre otros, regulará el régimen de admisión y expulsión de miembros, el procedimiento de elección de la Junta Directiva, así como el Código Ético y de Buen Gobierno de la Academia.
g) La disposición o enajenación de bienes.
h) La disolución y liquidación de la Academia.
i) Acordar los premios que considere convocar o conceder.
j) Cualesquiera otras competencias que le vengan atribuidas por ley o por los Estatutos.

Artículo 17º.- Las decisiones se tomarán en la Asamblea General por mayoría simple de votos, excepto en el supuesto de revisión de Estatutos o disolución de la misma, en cuyo caso se requerirá la mayoría de los dos tercios de los asistentes. En caso de empate decidirá el voto de calidad de quien presida la Asamblea General. De cada reunión se levantará acta expedida por el Secretario con el visto bueno del Presidente.

Artículo 18º.- En las reuniones únicamente podrán ser tratados o conocidos los asuntos que la Junta Directiva haya incluido en el Orden del Día. Se deberán incluir en el mismo todas aquéllas propuestas o asuntos que sean solicitados, al menos, por veinte miembros de la Academia.

CAPÍTULO II. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 19º.-  La Junta Directiva es el órgano de representación de la Academia que la dirige y administra, y estará compuesta por:
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente o Vicepresidentes, hasta un máximo de tres.
c) Los Vocales, hasta un máximo de diez.
d) El Tesorero.
e) El Secretario, que lo será también de la Asamblea.

La Junta Directiva será elegida por la Asamblea, y podrá proponer provisionalmente el nombramiento de miembros de la misma, en caso de vacante, que deberán ser ratificados en la primera Asamblea que se convoque con posterioridad a la designación.

Artículo 20º.- La Junta Directiva se reunirá, previa convocatoria del Presidente, en sesión ordinaria dos veces al año. Con carácter extraordinario podrá reunirse siempre que el Presidente la convoque.

Artículo 21º.- Los miembros de la Junta Directiva serán convocados, al menos, con 7 días de antelación, y, en caso de urgencia, con la que el Presidente estime. Será válida la constitución con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Si existe una causa justificada, un Vocal está facultado para delegar su representación en el Presidente de la Academia o en cualquier otro miembro de la Junta directiva.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los presentes o representados. En caso de empate decidirá el voto del Presidente.

Artículo 22º.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Dirigir las actividades para cumplir los fines de la Academia y llevar la gestión económica y administrativa de la misma, pudiendo, en consecuencia, ejecutar los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y convenientes, sin otras limitaciones que las establecidas en las disposiciones aplicables o en estos Estatutos.
b) Velar por el fiel cumplimiento de los Estatutos, así como por la buena marcha de la Academia.
c) Organizar la Asamblea General y las conferencias, seminarios y demás actividades.
d) Elaborar las normas de régimen interior.
e) Admitir a los nuevos miembros o acordar su baja.
f) Convocar los premios acordados por la Asamblea General.
g) Cualquier otra función, propia de su cometido, contemplada en la legislación aplicable.

Artículo 23º.- El Presidente de la Junta Directiva, que lo será al mismo tiempo de la Academia y de su Asamblea General, tiene las siguientes atribuciones:

a) Convocar y presidir las reuniones, ordinarias y extraordinarias, de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Representar a la Academia en todos los órdenes, actuando en su nombre en la ejecución de los acuerdos tomados por la Asamblea General o la Junta Directiva.
c) Fijar el orden de día, con la antelación precisa.
d) Autorizar las actas de las reuniones con su visto bueno.
e) Con carácter general, todas las demás funciones propias del cargo.

Artículo 24º.- El Vicepresidente o Vicepresidentes, por su orden, asumirán las funciones del Presidente en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, y las que éste les pueda delegar.

Artículo 25.- Son funciones de los Vocales, colaborar con los restantes miembros de la Junta Directiva en la ejecución de los acuerdos y asumir la personal responsabilidad de las funciones concretas que la junta Directiva acuerde encomendarles.

Artículo 26º.- Son funciones del Tesorero:

a) Custodiar los fondos de la Academia y llevar los libros de contabilidad y la documentación probatoria respectiva.
b) Preparar los balances y presupuestos de la Academia para que la Junta Directiva los someta a la aprobación de la Asamblea.
c) Cobrar las cuotas establecidas a los miembros.
d) Gestionar todos los ingresos económicos y realizar los pagos por servicios prestados en el ejercicio de las actividades de la Academia.


Artículo 27º.- El Secretario, cargo que ostentará el Secretario General de la Academia, tiene los siguientes cometidos:

a) Llevar los libros de actas de la Asamblea y de la Junta Directiva, pudiendo expedir certificaciones con el visto bueno del Presidente.
b) Redactar las convocatorias de los órdenes del día de los órganos colegiados.
c) Llevar el Libro registro de altas y bajas de los miembros y el fichero de los mismos y de los socios colaboradores.
d) Las funciones que le sean delegadas por la Asamblea General, la Junta Directiva o por el Presidente.

Artículo 28º.- Los miembros de la Junta directiva son elegidos por la Asamblea General por el voto de la mayoría simple de los miembros. El mandato tendrá una duración de tres años, reelegibles.
Los cargos directivos cesarán:

a) A petición propia.
b) Por acuerdo de la Asamblea General adoptado por mayoría absoluta de sus miembros, conforme al procedimiento que se establezca en el Reglamento de Régimen Interior.
c) Al término de su mandato.

El desempeño de cargo en la Junta Directiva de la Academia será incompatible con el de cargo representativo en cualquier nivel o alto cargo  en cualquiera de las Administraciones Públicas

CAPÍTULO III. DE LA SECRETARÍA GENERAL

Artículo 29º.- La Secretaría General es el órgano el que le viene encomendado el funcionamiento y desarrollo de las actividades de la Academia. A su frente, estará el Secretario General que será nombrado por la Asamblea General de entre sus socios fundadores. Tendrá las siguientes competencias:

a) Ejecutar e implementar operativamente las decisiones de los órganos colegiados, según las instrucciones dadas por el Presidente.
b) Informar a la Junta Directiva del resultado e incidencias de su gestión.
c) Dirigir los servicios de la Academia.
d) Llevar el registro y fichero de los miembros.
e) Asesorar a la Junta Directiva y a la Asamblea General, así como tener informados a los Miembros de los asuntos que puedan ser de interés.
f) Realizar las actuaciones oportunas para fomentar el uso de las nuevas tecnologías de la información con el fin de dar a conocer las actividades de la Academia y mantener informados a sus miembros, lo que podrá ser llevado a cabo directamente o mediante acuerdo con otras organizaciones.


TÍTULO IV. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ACADEMIA


Artículo 30º.- Los recursos económicos y otros bienes de la Academia, estarán constituidos por:

a) Las cuotas ordinarias de sus miembros.
b) Las cuotas extraordinarias que la Asamblea General acuerde.
c) Las subvenciones y ayudas, públicas o privadas.
d) Las herencias, legados y donaciones que se hagan en su favor.
e) Los rendimientos por la explotación de sus bienes.
f) Cualesquiera otros que se puedan obtener para sufragar los fines de la Academia.

Artículo 31º.- Las cuotas obligatorias se establecerán por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, dedicándose a atender las necesidades de la Academia.

La administración de los recursos compete a la Junta Directiva quien la llevará a efecto a través de la Tesorería.

Artículo 32º.- Los fondos dinerarios de la Academia se depositarán en una entidad bancaria a nombre de la misma. Serán necesarias las firmas del Presidente y del Tesorero para disponer de los mismos.

La Junta Directiva llevará a cabo una auditoria anual con el fin de garantizar la transparencia económica.


TITULO V. DE LA DISOLUCIÓN DE LA ACADEMIA


Artículo 33º.- La Academia podrá disolverse por voluntad de la Asamblea General Extraordinaria, que acuerde la cesación de sus actividades por una mayoría de dos tercios.

Artículo 34º.- Acordada la disolución, la Asamblea General Extraordinaria designará como Entidad Liquidadora a la última Junta Directiva. Al haber resultante se le dará un destino acorde con lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo lo no previsto en estos Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación y sus disposiciones complementarias.

 

 

 

 

Sábado 21 de Diciembre de 2013 18:49

FUNCIONARIOS, POLÍTICOS Y DIRECTIVOS

por Academia

FUNCIONARIOS, POLÍTICOS Y DIRECTIVOS

En los últimos años, proliferan los análisis de quienes destacan la necesidad de poner trabas a la posibilidad de que los altos funcionarios puedan desempeñar puestos de responsabilidad en las Instituciones del Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales. Se ha generado un movimiento en contra de que quienes conocen en profundidad  el funcionamiento de las Instituciones públicas, puedan dirigirlas o desempeñar las más altas responsabilidades
Si los partidos políticos que en cada ocasión tienen la mayoría parlamentaria necesaria, consideran la utilidad de que altos funcionarios puedan ser nombrados para los más altos cargos de la organización administrativa, se tratará de una decisión perfectamente legítima y democrática, pues coloca al frente de ella a personas que combinan el saber experto con la confianza exigible por quien tiene la responsabilidad política.
Probablemente por influencia anglosajona, algunos autores, incluso quienes reflexionan sobre la Administración Pública, realizan  tajantes afirmaciones  sobre la posibilidad de que los altos funcionarios se dediquen a la política y luego regresen a sus puestos de trabajo, una vez concluida la etapa de especial responsabilidad. Señalan exactamente:”Los jueces que se dediquen a la política no deberían volver a la judicatura. Lo mismo debería ser de aplicación para los altos funcionarios de las Administraciones Públicas. Todo el mundo tiene derecho a dedicarse a la política pero la salud pública, en versión mujer del césar, exige que no todo el mundo pueda tener derecho a volver a su posición anterior”.
Estas ideas, que parecen más producto de una ocurrencia, que diría el profesor Maravall, son especialmente dañinas para nuestro sistema democrático, para la circulación de las élites y para el funcionamiento eficaz del Estado de derecho. Puede aceptarse que los jueces y fiscales no vuelvan a los mismos juzgados o a los mismos asuntos , pero ¿ y  los registradores de la propiedad, los notarios, los abogados del Estado, los administradores superiores, los diplomáticos, los inspectores financieros, los catedráticos de universidad, los profesores de bachillerato? Repasemos por ejemplo los presidentes del Gobierno español Suárez, (funcionario), Calvo Sotelo , empresario, (del cuerpo de Ingenieros de Caminos),Felipe González, abogado,  Jose María Aznar,( Inspector financiero), José Luis Rodríguez Zapatero ,abogado, Mariano Rajoy, (registrador de la propiedad). Esta proporción se incrementa notablemente entre los Vicepresidentes y Ministros entre los que hay que recordar a Abril Martorell, Francisco Fernández Ordóñez,  Javier Moscoso, Soraya Sáenz de Santamaría, María Teresa Fernández de la Vega, Alfredo Pérez Rubalcaba, Pedro Solbes, Cristóbal Montoro.
Por una parte, constatamos que  la profesionalización acusada de los políticos  les aleja de la sociedad y ahí están las encuestas del CIS para recordarlo: Desde junio de 1988 , entre los tres problemas principales que existen en España aquel que se refiere a los políticos, en general, los partidos políticos y la política no ha dejado de ascender :junio  88 (1,6 %)Marzo 2002 (4,6 %)Mayo 2204 (4,8 %) julio de 2008 (6 %) abril de 2009 (8,8 %) Marzo de 2013 (31,4 %)julio de 2013 (27,6 %),septiembre 2013 (28,2 %).Esta situación contrasta con la consideración positiva de los funcionarios públicos , con el funcionamiento eficaz, en general, de los servicios públicos y con la casi absoluta ausencia de casos de corrupción en la que estén implicados funcionarios públicos , seleccionados y formados para cumplir con sus obligaciones de servicio público .
En España, nuestra legislación en materia de función pública contrae con los funcionarios que desempeñan altos cargos alguna obligación y no pocos riesgos. Empecemos por las obligaciones:
•    Para el desempeño de determinados puestos de trabajo, establecidos en la LOFAGE (Ley Orgánica de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado),los puestos de trabajo de Subsecretario, Secretario General Técnico, de Director General (con excepciones) y de subdelegados del gobierno deberán ser desempeñados por funcionarios públicos. En el caso de los Directores Generales, aunque la inmensa mayoría están desempeñados por funcionarios públicos, lo que les dota de una cierta estabilidad, el Consejo de Ministros puede exceptuarlos de la posesión de la condición de funcionarios públicos (cuestión que realiza con frecuencia pero no sin coste cada uno de los Gobiernos). Debería avanzarse, además, en la delimitación del concepto de directivo público, capacitado para el desempeño de los más altos puestos de la Administración: funcionarios públicos los hay de muchos tipos y niveles, pero la preparación, formación  selección adecuada sólo es predicable de algunos.
•    Con cierta frecuencia, el desempeño de puestos de esta naturaleza conlleva que algunos funcionarios puedan incluso disminuir sus retribuciones, lo que añadido al factor riesgo, siempre peligroso según los cánones de la organización burocrática, genera  dificultades a la hora de cubrir determinados puestos de director general.
•    El funcionario público nombrado para un alto cargo pasa a la situación de servicios especiales que le garantiza un reingreso automático, a un puesto de trabajo con retribuciones similares a  las que tenía cuando dejó de prestar servicios en la situación de activo.
Vayamos ahora con las dificultades:
•    Es muy difícil que el alto funcionario que ha desempeñado altos cargos se incorpore a la organización y desempeñe puestos directivos con responsabilidades administrativas. Generalmente, la “mochila”, que no resuelve el problema del regreso de los altos cargos -funcionarios a la Administración, se convierte en un colchón en el que, con frecuencia, se entra en el ostracismo y del que sale con mucha dificultad y el  (en la inmensa mayoría de los casos porque el directivo no puede, bien porque no hay ofertas o porque es rechazada su solicitud, pero en otros casos porque no quiere salir, precisamente por las dificultades que comporta).
•    La “organización”, incluso cuando se trata de personas del propio partido político bajo cuyo mandato se desarrolló la carrera del alto funcionario no confía en él. Lo considera gastado,  anticuado, o simplemente quemado y, por tanto, peligroso. Sin embargo, cualquier análisis de recursos humanos pondría el acento en aprovechar debidamente la experiencia  y conocimientos de quienes han tenido altas responsabilidades, que podrían contribuir precisamente a mejorar la negativa opinión que de la política tienen los españoles.

Como el profesor Baena demostró en su estudio de las élites político-administrativas, para algunas capas de esas élites el desempeño de altos cargos ha supuesto un ascenso social y el paso a la pertenencia de colectivos más privilegiados, pero buena parte de quienes han desempeñado los altos cargos lo han hecho como correlato natural de su carrera profesional .Especialmente desde que la Administración Pública creció exponencialmente a partir de  los años 80, coincidiendo con la expansión del Estado del Bienestar (dado por muerto por el rey Guillermo de Holanda) y la implantación de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos democráticos, el número de funcionarios públicos que han desempeñado altos cargos es ingente.
Frente a esta situación, nosotros preconizamos una carrera administrativa horizontal y vertical que permita el desempeño de los más altos puestos dentro de la pirámide de las Instituciones, volviendo a puestos de trabajo  en los que pueda aprovechar la Administración Pública racionalmente los conocimientos y experiencias adquiridos. Un Estatuto del directivo es necesario. Un Estatuto que permita el desempeño de altos puestos en la organización administrativa a quienes conocen en profundidad las políticas públicas por su pertenencia a colectivos profesionales especialmente seleccionados y formados y que, posteriormente a su cese, no sean castigados por la organización, sino que se les reconozcan los servicios prestados  y conserven las categorías profesionales adecuadas. Un Estatuto del Directivo que clarifique, dentro de lo posible, los ámbitos de decisión que deben ser exclusivo desempeño del mérito y la capacidad.
Las  ideas que pretenden responsabilizar a los funcionarios de los problemas de nuestro país no tienen justificación científica alguna. Los altos funcionarios en el desempeño de responsabilidades de dirección de las políticas públicas pueden aportar conocimiento experto, honradez y capacidad de gestión pública, que en los Estados desarrollados suponen incrementos de valor que no es muy inteligente despreciar.

DICIEMBRE DE 2013.

Sábado 21 de Diciembre de 2013 18:45

¡LA BUROCRACIA ES LA CULPABLE!

por Academia

¡LA BUROCRACIA ES LA CULPABLE!


Desde hace años, exactamente los mismos  que dejó de estar en la cumbre de la moda del pensamiento Max Weber, cuya importancia y legado nos ha glosado brillantemente Don Julián, la burocracia es culpable de todo.
Al principio, tímidamente, después vilipendiada con ahínco y finalmente quemada en la hoguera, la burocracia es la auténtica culpable de todo lo malo  que nos acontece. Son los burócratas los responsables de prestar servicios públicos a los ciudadanos (siempre tediosos e insuficientes), recaudar impuestos (claramente excesivos), suministrar el carné de identidad (hay que pedir cita previa), proteger a los ciudadanos (con la inseguridad que sufrimos…) o representarlos en el exterior (los diplomáticos siempre están en cócteles). Si de la salud se trata, se nos cuenta que no me operan hasta dentro de un año y si de la educación pública se debate, se constata la última huelga de profesores. Se justifica que  los funcionarios estén en el punto de mira porque en el sentir de los españoles, se afirma, hay un malestar importante con el funcionamiento de las instituciones públicas.  Sin embargo, las encuestas del CIS  expresan lo contrario, puesto que la referencia al funcionamiento de los servicios públicos administrativos está fuera de las encuestas que reflejan las preocupaciones de los españoles.
Pero sigamos: lo realmente importante es lo que fastidian, porque los burócratas son responsables de los terremotos, de la tragedia genocida de los jemeres rojos e incluso de que Casillas no haya sido titular en el Real Madrid. ¿No se lo creen?
Algunos ejemplos tomados de la prensa de las últimas semanas:
•    Con ocasión del fallecimiento de Ieng Sary, ministro de Exteriores de los jemeres rojos (unos tipos responsables de uno de los genocidios mayores de Asia) se plantea la posibilidad de que, como todos los reos que ahora son juzgados, más de cuarenta años después de los hechos que supusieron la muerte de  millones de personas, “muchos temen que sólo éste último (Kieu Samphan) viva lo suficiente para escuchar su veredicto, dada la frondosa burocracia procesal… (EL PAIS; 15 de marzo de 2013).            
•    El periódico El País titula a cuatro columnas: Nuevo seísmo en Lorca: la burocracia.
En su contenido, el artículo relata pormenores de los problemas de los vecinos para la reconstrucción de sus viviendas: algunos están en el paro y sólo cobran 426 euros, otros tiran de sus ahorros que se acaban; dos o tres mil dice el Alcalde, se han marchado de Lorca, otros que no estaban empadronados se quejan de que no les dan nada. Termina el artículo: “Están cansados de la carrera de obstáculos en la que se ha convertido el proceso de reconstrucción. Y de esperar. Sobre todo de esperar.”(19 marzo 2013).         
También en el fútbol la burocracia es culpable: como titula un artículo: Iker, una baja administrativa, Conocida es la desazón de todos los madridistas por la lesión de Casillas y , más tarde, por la negativa de su entrenador a colocarle como titular. Pero, en ese momento, nos enteramos de que Mourinho está descubriendo trucos burocráticos: la burocracia es fría como el aparato del Estado y Mourinho ha establecido un régimen especial para Casillas…Todo depende de un papeleo interno .De lo que el portugués ha dado en llamar como “alta competitiva”, expresión insólita para definir una situación insólita. Ventilado el asunto por este conducto administrativo extraordinario,..(El País 1-4-13).

Por supuesto, cuando en cualquier circunstancia, los ciudadanos deben gastar su tiempo en presentar la documentación correspondiente a cualquier trámite, los culpables son los burócratas, nunca los legisladores que determinan el cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener un permiso, licencia o subvención. O los diversos lobbies o grupos de presión que imponen salvaguardas a sus intereses y, en consecuencia, generan autorizaciones sin duda excesivas en algunos casos.
Algunas noticias más:
-La burocracia sindical de CCOO y UGT ha vendido a los trabajadores en los convenios y pactos con la patronal.
-El primer ataúd ecológico español queda sepultado por la burocracia.

Esta responsabilidad viene de antiguo, como dice Marañón refiriéndose a Felipe II:
Este sentimiento de admiración a su padre, y de temor de no poderle superar, es lo que seguramente influyó más hondamente en la actitud de Felipe II como Rey. Por ello fue un monarca esencialmente burocrático y exageró hasta límites absurdos su burocratismo y su sistemática ausencia de los campos de batalla: precisamente porque el padre amado ganó su gloria en la actitud inversa.
Marañón 237.
Un intelectual recientemente desaparecido, Octavio Paz, también contribuye a la buena fama .Dice Paz : trabajo muchas horas en una oficina absurda, con el pomposo título de Director General de Organismos internacionales me pagan muy mal y estoy sujeto a la rutina de un reglamento y a su caprichosa aplicación por remotos burócratas…
-Liquidar la burocracia. La crisis obliga a liquidar las ineficiencias titula  Un artículo de Ian traynor (The guardian).En él hace responsable a la burocracia, entre otras cosas, de que el parlamento europeo funcione 14 semanas al año en Estrasburgo.25 abril 2013.El gran titular reza seis ideas para mejorar Europa : Más democracia, menos burocracia… es una de ellas

Afortunadamente, algún organismo internacional parece ser más realista, como señala el Informe sobre el Desarrollo Humano: Una estrategia de desarrollo del país, sólidas capacidades burocráticas y políticas apropiadas son los elementos esenciales que conjuntamente dan forma al proceso de transformación.

MÁS:

El 15 de mayo, día de san Isidro, aparecía en la prensa la noticia de que en un pueblo madrileño, el Ayuntamiento había decidido arrasar un pequeño huerto de cinco por cinco metros que los padres de los alumnos de un colegio habían plantado, como parte de las actividades educativas. Al parecer no estaban en poder de los permisos municipales; por eso el titular rezaba: Burocracia anti lechuga.

El colofón de esta buena prensa nos lo da una carta al director publicada por el Diario El País (19-5-13) bajo el sugestivo título de: Es hora de romper los huevos: Hace tiempo que el sector privado inició su proceso de optimización de costos y gracias a ello, y a pesar de los despidos que se han producido y de la dramática situación que tales políticas han causado en muchos ciudadanos, muchas empresas pueden seguir subsistiendo y manteniendo ocupada a la plantilla existente. La Administración del Estado se mantiene alejada de practicar esas políticas y los bolsillos del contribuyente sufren  y terminarán por romperse si el Gobierno no es capaz de aliviar la pesada carga que están soportando. Ya va siendo hora de romper los huevos para hacer la tortilla.

Termino ya.  La mala reputación de aquellos que trabajan en las organizaciones públicas y cumplen las normas,  los reglamentos o  las leyes tiene su cumbre en una frase de un teórico del management, DAVID  LILIENTHAL que  escribió:
A medida que los hombres y las organizaciones se preocupan de los papeles, entienden cada vez menos, pierden la percepción de la realidad de los asuntos que deberían ocuparles. El tomar las decisiones a tenor de los papeles ejerce un efecto deshumanizante, y no pocas de las inhumanidades que el hombre comete se explican por esa causa, como han anotado casi todos los grandes observadores de la humanidad”.
•    El tema no estaría completo si no hiciéramos referencia a el esfuerzo en el trabajo de los funcionarios, en este caso alemanes, :
En Alemania, En un email de despedida,
Un funcionario alemán confiesa que 'no hizo nada' durante          catorce años.


Atención señores, tenemos hasta una ciudad para nosotros, dice la prensa: los que describen Bruselas como una ciudad poblada por funcionarios que nadan en privilegios y cuya única tarea consiste en regular hasta el más mínimo detalle la vida cotidiana con solo un requisito: que estas normas no sirvan para nada.
Hay un consuelo. Hasta Galdós al arremeter contra los dos grandes partidos de la restauración acusándoles de que “pasarán unos y otros dejándolo todo como hoy se halla” los hace responsables de que no acometerán ni el problema religioso, ni el económico ni el educativo, no harán más que burocracia pura…”
Hace pocos años, ¿se acuerdan de la reinvención del gobierno?, Osborne y Plastrik (qué habrá sido de ellos?) en un libro titulado La reducción de la burocracia escribieron : la mayoría de los políticos …saben que la burocracia no está funcionando, pero no saben con qué sustituirla. Muchas  de las personas que trabajan en el gobierno también lo saben, puesto que viven dentro del vientre de la bestia.

En fin, señores académicos, esto hay que mejorarlo.

Es evidente que los aquí presentes no estamos de acuerdo con estas afirmaciones, que pensamos como ha relatado brillantemente D Julián Alvarez que la burocracia es necesaria, que la racionalidad de las decisiones que emanan de los componentes de su estructura es beneficiosa. Que el establecimiento de sólidas Administraciones al servicio de los ciudadanos, formadas por personas seleccionadas con arreglo a los criterios de mérito y capacidad y el desarrollo de su trabajo con garantías, constituye uno de los pilares del funcionamiento eficaz del Estado democrático. Como escribieron Weber y Schumpeter,  y Julián Alvarez acaba de recordarnos, la burocracia “ha de ser lo bastante fuerte para guiar, y, si es necesario, para instruir a los políticos que estén a la cabeza de los Ministerios”.
Se cuentan por centenares los autores que han valorado positivamente la labor de los directivos seleccionados con arreglo a procedimientos objetivos y hoy, incluso quienes valoran especialmente la conveniencia de insistir. Valga como ejemplo lo que Gardells y Brueggen indican:” las actuales tribulaciones de la gobernanza en Occidente indican que es precisa una evolución de la democracia en la que se establezcan formas de interacción con elementos meritocráticos como contrapeso a la cultura política de  los grupos de presión y el cortoplacismo de la democracia electoral”.

Por eso, entre otras razones hemos decidido agruparnos. No obstante, no olvidemos que el éxito de esta Academia y los deseos de estar juntos, que los presenten comparten, tienen que ser duraderos porque como decía Goethe:

El entusiasmo no es un producto que se pueda conservar en salmuera durante mucho tiempo.

Muchas gracias.


Francisco Javier Velázquez López
Junio de 2013


EN DEFENSA DE LA BUROCRACIA Y DE LAS ORGANIZACIONES BUROCRATICAS. RELEYENDO A MAX WEBER

Hablar hoy en defensa de la burocracia y de las organizaciones burocráticas puede parecer una provocación o una insensatez si no un anacronismo. Intentaré en los próximos minutos que no parezca ni una cosa ni otra. Para ello voy a retomar las principales tésis de Weber sobre éste tema expuestas en su monumental aunque inacabada obra ECONOMIA Y SOCIEDAD  que tanta influencia ha tenido desde su publicación en 1922 en la Sociología europea y norteamericana.
Para no alargar excesivamente ésta exposición me limitaré a esbozar brevemente un aspecto particular de su sociología política relativo a la dominación política, concretamente al problema de la legitimidad, a las diferentes formas posibles de concebir la relación entre el mando y la obediencia en el ámbito político.
Ninguna dominación, afirma Weber, se contenta con una obediencia que sea sólo sumisión exterior por razones de oportunidad, respeto o temor sino que intenta despertar en los miembros de la comunidad la fé en su legitimidad, es decir, transformar la disciplina en adhesión a la verdad que representa. Weber distingue  tres tipos puros de dominación legítima.
El primero, dominación legal, es de carácter racional y tiene  por fundamento la creencia en la validez de la legalidad de las normas establecidas racionalmente y en la legitimidad de los jefes designados de acuerdo con la ley.

El segundo tipo, dominación tradicional, se basa en la santidad de las tradiciones en vigor y en la legitimidad de quienes ejercen el poder en virtud de la costumbre.

El tercer tipo, dominación carismática, descansa en la sumisión de los miembros del grupo al valor personal de un hombre que se distingue por su santidad, heroismo o ejemplaridad.

La dominación legítima legal-racional se caracteriza por un conjunto de reglas de Derecho que constituye un mundo abstracto de prescripciones técnicas y de normas en el que la justicia consiste en la aplicación de las reglas generales a los casos particulares y la administración tiene por objeto proteger los intereses dentro del marco legal gracias a órganos instituidos al efecto. El propio primer magistrado del Estado ha de respetar el orden impersonal del Derecho mientras que los miembros del grupo, los ciudadanos, solo obedecen igualmente al Derecho. La aplicación de los numerosos reglamentos y normas exige un cuerpo de funcionarios cualificados que no son propietarios de su cargo ni tampoco de los medios de la Administración pero  que están protegidos en el ejercicio de sus funciones por un Estatuto donde se establecen sus derechos y obligaciones.

La forma más típica de la dominación legal-racional es la burocracia que se basa, según Weber, en los siguientes principios.

1) L a existencia de servicios públicos definidos, y por tanto, de competencias rigurosamente determinadas por leyes y reglamentos, de manera que las funciones estén claramente divididas y distribuidas al igual que los poderes de decisión necesarios para la realización de las tareas correspondientes.
2) La protección de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones en virtud del Estatuto. En general uno se hace funcionario para toda la vida, y por consiguiente, el servivio al Estado es una profesión principal y no secundaria al lado de otra ocupación
3) La jerarquía de las funciones lo que significa que el sistema administrativo está muy estructurado en servicios subalternos y en puestos de dirección, con posibilidad de apelar desde el procedimiento inferior al superior; dicha estructura es monocrática, no colegiada y manifiesta una fuerte tendencia a la centralización.
4) El ingreso al servicio del Estado se hace por concurso, examen o título lo que exige del candidato una formación especializada.
5) Una remuneración regular del funcionario bajo la forma de sueldo fijo y de una pensión cuando se alcanza la edad de jubilación. La paga se establece en función de la jerarquía interna de la administración y de la importancia de las responsabilidades del funcionario.
6) El derecho que tiene la autoridad de controlar el trabajo de sus subordinados,, eventualmente, mediante la instrucción de expedientes disciplinarios.
7) La posibilidad de ascenso de los funcionarios según criterios objetivos y no a discreción de la autoridad, es decir derecho a una carrera administrativa.
8) La separación completa entre la función y la persona que la realiza ya que ningún funcionario puede ser propietario de su cargo o de los medios de la administración.
Esta caracterización weberiana de la burocracia es, naturalmente, sólo valida en el contexto del Estado moderno del que la burocracia es uno de sus elementos fundamentales y consustanciales. En resumidas cuentas, lo que sostiene Weber es que  las sociedades occidentales, embarcadas en procesos de racionalidad instrumental creen en una legitimidad basada en la racionalidad y en las normas, aceptan a los gobernantes elegidos de acuerdo con dichas normas y obedecen a los productos de los procesos racionales y legalmente establecidos ( o sea, leyes y reglamentos)  y no meramente a las personas que gobiernan. Para Weber, es evidente que el modelo de Administración más congruente con el Estado de Derecho y con la economía de mercado, es un modelo basado en la racionalidad y el respeto a las leyes, es decir, un modelo burocrático profesional.
En línea con la postura weberiana sobre la burocracia Joseph Schumpeter,  en su clásico “CAPITALISMO,  SOCIALISMO Y DEMOCRACIA” señala cómo el gobierno democrático en la sociedad industrial moderna tiene que disponer para el cumplimiento de todos los objetivos incluidos en la esfera de actividad pública, de una burocracia bien capacitada que goce de buena reputación y se apoye en una sólida tradición, dotada de un fuerte sentido del deber y de un “esprit de corps” no menos fuerte. La existencia  de tal burocracia es la mejor respuesta que se puede dar a la objeción del poder ejercido por ¨aficionados”. No basta con que la burocracia sea eficiente en la administración ordinaria y competente para emitir dictámenes sino que, además, debe ser bastante fuerte para guiar y, si es necesario, para instruir a los políticos que estén a la cabeza de los Ministerios. Para poder hacer todo esto, sigue diciendo Schumpeter, la burocracia tiene que estar en situación de desarrollar sus propios principios y ser lo bastante independiente para mantenerlos, es decir, que la burocracia lejos de ser un obstáculo para la democracia es un complemento inevitable de la misma al igual que constituye un completo imprescindible para el desarrollo económico moderno.
Mas recientemente, el profesor Pierre Rosanvallon ha puesto de manifiesto como, a partir de los años 1890-1920, va a producirse un fenómeno que modificará en profundidad los regímenes burocráticos: la formación de un auténtico poder administrativo, de un aparato burocrático que se constituye en una fuerza identificada con la realización del interés general. Los modelos de “servicio público” en Francia y de “administración racional” en los Estados Unidos han ejemplificado las dos corrientes principales que han tratado de alcanzar este objetivo.
Los regímenes democráticos han ido así descansando cada vez más sobre dos pilares: el sufragio universal y la administración pública, ésta última transformándose de una mera correa de transmisión del poder político en una institución dotada de cierta autonomía basada en su competencia. Simultáneamente se han consolidado de forma paralela dos tipos de pruebas para designar a los representantes o intérpretes de la generalidad social: las elecciones y los concursos u “oposiciones”, éstas últimas como sistema de selección objetiva de los más competentes para el desempeño de funciones públicas.
Al lado de la legitimidad derivada de la elección en las urnas surgió pues, una segunda forma de legitimidad democrática, sigue diciendo Rosanvalon, la legitimidad derivada de la identificación con la generalidad social.
Esta visión positiva de la burocracia y de las organizaciones burocráticas-cuya máxima expresión se encuentra en Hegel que consideraba a los funcionarios por sus valores y por su ética como representantes de la corporación de lo universal- lleva décadas declinando por diversas causas entre las que cabe destacar la globalización de los mercados  y los desafíos producidos por la necesidad de incrementar incesantemente la competitividad  y la innovación, desafíos ante los que, según la crítica dominante, la burocracia y su modelo organizacional no ha sabido responder ni en la administraciones públicas ni en las empresas privadas de bienes y servicios.
Como dice el profesor Fernandez Rodriguez en su estudio  preliminar al libro de Paul du Gay “En elogio de la burocracia”, lo cierto es que la salida neoliberal a la actual crisis con la consecuente ola de reformas económicas, recortes de derechos sociales sin precedentes y privatizaciones, ha provocado que administraciones y empresas públicas y, en general, todo lo relacionado con lo público, estén ahora en el punto de mira de los defensores de la desregulación máxima de los mercados, sector éste de lo público que se ha caracterizado por albergar de forma dominante a la burocracia que, como ya hemos apuntado, había sido fundamental para el desarrollo de las instituciones estatales tal como existen hoy día incluyendo al propio capitalismo industrial. Sin embargo, en esta nueva fase financiera del capitalismo parece que la racionalidad y la regulación burocrática representan un freno para la acumulación de beneficios por lo que es necesario darles la espalda.
Este sentimiento antiburocráctico no es nuevo ni se manifiesta de una manera uniforme aunque se haya agudizado en las últimas décadas.
En primer lugar, existe una corriente de crítica a la burocracia y a los burócratas que podríamos calificar de popular o no doctrinal y que se ha expresado a veces en obras literarias de todos conocidas como, por ejemplo, en el famoso “Vuelva usted mañana” de Larra o en la novela “Miau” de Galdós. En Francia es un ejemplo clásico de esta corriente la obra de Courteline “Messieurs les ronds de cuir” aunque quizás la crítica más despiadada de la burocracia y sus procedimientos se encuentre en “El proceso” de Kafka. En  la actualidad, en numerosos artículos de prensa, charlas en medios de comunicación y en conversaciones informales entre amigos y conocidos la burocracia es un término que se asocia a los defectos en que, a veces, incurren las grandes organizaciones, especialmente las del sector público: papeleo, reglamentaciones minuciosas despersonalización de los asuntos y tardanza en la resolución de los mismos.
Aunque a veces estas quejas estén ciertamente basadas en experiencias reales con frecuencia parecen contradecirse entre si. Por un parte, es frecuente que los ciudadanos se quejen de la cantidad de datos que exigen las administraciones públicas al iniciarse cualquier expediente administrativo pero, a la vez, estas mismas personas protestan airadamente si no se puede conocer rápidamente el estado de un expediente que no ha sido registrado y clasificado debidamente por falta de datos. Hace ya tiempo que Peter Blau en su conocida obra ”Burocracia y sociedad moderna” señaló como la información detallada que ofende e  irrita al ciudadano es exactamente el requisito para que una administración funcione de manera eficiente.
De la misma manera se suele criticar el hecho de que las administraciones sigan la norma del precedente en la resolución de asuntos pero se critica igualmente cuando un asunto no se ha resuelto de la misma manera que otro anterior de igual o parecida naturaleza.
Otra crítica usual caracteriza a los funcionarios como personas dedicadas con fruición a la elaboración de normas enrevesadas con el único objeto de complicar la vida de los ciudadanos. No hace mucho tiempo, aquí en España, el Presidente de la C.E.O.E. pedía la disminución del número de funcionarios de los Departamentos ministeriales para que dejaran de dedicarse a la elaboración de proyectos de leyes y reglamentos minuciosos cuyo objeto no es otro que el de dificultar y controlar la actividad de pequeñas y grandes empresas.
Junto a ésta crítica de la alta función pública directiva está muy extendida a nivel popular la caricaturización del funcionario “de ventanilla” como alguien que cuando no está tomando cafés está fuera de su puesto dedicado a gestiones particulares o a hacer la compra diaria en el caso de las mujeres.
Pero junto a ésta crítica popular de la burocracia existen otras de mayor calado teorético o filosófico que consideran a ésta forma de organización como inherentemente poco ética. La burocracia se concibe en estas corrientes críticas como la expresión parcial de una racionalidad instrumental que sólo puede sostener su identidad reprimiendo y marginando –lo emocional, lo personal, lo sexual y así sucesivamente. Desde esta perspectiva, la cultura burocrática estaría basada en una serie de separaciones fundamentales y exclusiones- entre la razón y la emoción, el placer y el deber, lo público y lo privado, etc -que se manifiestan a nivel organizacional en forma de disfunciones acumulativas que la van incapacitando y convirtiendo la conducta racional de la función pública burocrática en algo vacio ética y emocionalmente. Es paradigmática  a este respecto la crítica de Alasdair MacIntyre sobre la figura del gerente o la de Zygmunt Bauman en su ética postmoderna.
En realidad estas posturas asumen que la tesis central de Weber es la creciente racionalización instrumental de todas las esferas de la conducta humana, el rol crucial que desempeña en ello la burocracia y los desfiguramientos éticos y emocionales que ello provoca. De modo similar se presenta a los  burócratas como especialistas sin alma y como autómatas de los reglamentos.  Pero el propio Weber rechaza tratar el carácter impersonal experto, procedimental y jerárquico de la razón burocrática y sus acciones como si éstos fueran no éticos o moralmente insolventes. Por el contrario, Weber deja bastante claro que la burocracia comprende un ethos particular, no sólo un conjunto de fines e ideales dentro de un código dado de conducta sino, además, vías y medios de comportarse o conducirse dentro de un orden de la vida dado. En otras palabras, Weber insiste en que la burocracia debe ser valorada como una institución moral particular propiamente dicha en la que los atributos éticos de la misma deben ser considerados como los logros contingentes y a menudo frágiles de esta esfera socialmente organizada que es la existencia moral.
Los atributos éticos del buen burócrata-adhesión a los procedimientos, aceptación de la obediencia y autoridad, compromiso con los fines de la función pública- no representan, por tanto, un torpe intento de minimizar una concepción completa o amplia de la categoría de persona. Más bien deberían ser contemplados como un logro ético y moral en si mismo. Representan el resultado de unas técnicas y prácticas éticas concretas a través de las cuales los individuos desarrollan las disposiciones y capacidades para comportarse de acuerdo a los valores de la función pública burocrática.
La tercera y última tendencia del sentimiento antiburocrático contemporáneo es, aparentemente, menos abstracta y filosófica que la segunda. Deriva de dos escenarios discursivos bien diferentes: la teoría de la elección pública y el gerencialismo. Existen diferencias obvias entre las dos: la teoría de la elección pública asume que el problema de la burocracia pública es de control y busca medidas a través de las cuales los representantes elegidos puedan poner límites a la autonomía de la burocracia, sometiéndola a un control político más estricto; los gerencialistas, por su parte, problematizan los defectos de la burocracia pública en términos de fracaso a la hora de trabajar como una empresa comercial.
Los problemas de la burocracia pública señalados por esta corriente crítica y las principales soluciones para su reforma han pasado a ser conocidos, colectivamente, como la NUEVA GESTION PUBLICA y mas recientemente como GOBIERNO EMPRESARIAL. De acuerdo con los autores a los que adjudica la acuñación del última término (Osborne y Gaebler) el gobierno empresarial consiste en diez principios esenciales que se unen para reinventar la gestión del sector público y que son los siguientes:
La gestión empresarial:
1. Promueve la competencia entre los proveedores de servicios
2. Capacita y faculta a los ciudadanos para desplazar el control fuera de la burocracia y otorgarlo a la comunidad
3. Se centra en el rendimiento, no en el gasto,
4. Las organizaciones y las personas se guían por misiones y objetivos, no por reglas y regulaciones
5. Redefine a los usuarios como clientes
6. Previene los problemas antes de que se presenten en vez de limitarse a proporcionar servicios con posterioridad
7. Gana dinero, no lo gasta
8. Descentraliza la autoridad por medio de la gestión participativa
9. Prefiere los mecanismos de mercado a los mecanismos burocráticos
10. Cataliza asociaciones entre los sectores público, privado y del voluntariado (sinergias).
Estos diez elementos o principios forman una especie de “lista de la compra” para los gobiernos que buscan la modernización de las burocracias públicas especialmente en los países de la O.C.D.E. La mayoría de los esfuerzos de modernización  han implicado el despliegue simultáneo de algunos de estos elementos clave que, obviamente, actúan de forma significativa. Por ejemplo, el establecimiento de objetivos de rendimiento es útil precursor para el desplazamiento de las condiciones de empleo de los funcionarios hacia contratos temporales y esquemas de pago asociados al rendimiento. En otras palabras, parece que existen buenas razones para considerar  a estos diez elementos o principios como una serie interactiva o sistema. Como señaló en su momento el Ministerio de Hacienda australiano, las diferentes líneas de la reforma no son una coincidencia sino que se refuerzan mutuamente y su naturaleza integrada es crucial para el éxito global de las reformas.
El blanco principal al que la Nueva Gestión Pública dirige su crítica es a la organización impersonal, procedimental, jerárquica y técnica de la burocracia weberiana. El gobierno burocrático es `presentado como el paradigma que fracasó. En una era de cambio constante y profundo se requiere un nuevo paradigma para el sector público si es que dicho sector quiere sobrevivir.  El gobierno empresarial es justamente presentado como ese nuevo paradigma, paradigma que hace referencia a una serie de capacidades y comportamientos que se manifiestan y expresan en las cualidades empresariales tanto de individuos como de colectividades; por ejemplo, la receptividad hacia las necesidades y deseos de los usuarios, un mayor interés hacia el trabajo propio y hacia los fines y objetivos de la organización a la que sirven así como una actitud positiva para aceptar mayores responsabilidades que aseguren un alto nivel de resultados de forma eficiente.
Según estos críticos la cultura burocrática parece hostil al desarrollo de estas capacidades y disposiciones y, por consiguiente, a la producción de personas emprendedoras . El compromiso burocrático con las normas de impersonalidad, neutralidad, objetividad y demás es considerado como la antítesis del cultivo de las diversas competencias empresariales. Lo que realmente asumen estos autores es que todas las organizaciones-sean hospitales, universidades, entes benéficos, bancos o ministerios- necesitarán desarrollar normas o técnicas similares de conducta, iguales a las de las organizaciones empresariales. Como señala Kanter, todas las organizaciones –sean públicas, privadas o de voluntariado- deben alejarse de las garantías burocráticas para adoptar la flexibilidad empresarial si no quieren estancarse cancelando con ello, por incumplimiento, cualesquiera compromisos que hayan adquirido.
Pero, aún admitiendo que puede haber similitudes entre formas de trabajo gerenciales y directivas dentro de las administraciones públicas y las empresas comerciales, existen diferencias significativas entre sus subsistemas de valores por lo que la adopción por parte de los funcionarios públicos de los valores y comportamientos de sus homólogos del sector privado puede ser una opción muy poco deseable. El propio Weber señaló que los valores que gobiernan la conducta  de los burócratas estatales y los que rigen la de los líderes empresariales son intransferibles e insistió en la irreductibilidad de las diferentes esferas de la vida ética y la consecuente necesidad de aplicar diferentes protocolos éticos a cada una de ellas. Cualquier intento de establecer normas de contenido idéntico en los diferentes órdenes de la vida, sea por razones de filosofía o de gestión, sigue diciendo Weber, es un esfuerzo claramente fuera de este mundo.
Estas corrientes antiburocráticas y en defensa de la gestión empresarial han tenido especial impacto en las administraciones británica y norteamericana, pero se han extendido en mayor o menor medida a la mayoría de los países de la O.C.D.E. incluida España.
Para el triunfo de las ideas de estas corrientes de la Nueva Gestión Pública ha tenido especial transcendencia la victoria electoral de Margaret Thatcher en la elecciones británicas de 1979 y la imposición de su agenda neoliberal que repercutió ampliamente el resto de los países occidentales. El neoconservadurismo o neoliberalismo va a dominar los valores y políticas gubernamentales durante la década de los ochenta y generará una influencia duradera en las administraciones posteriores. La retórica neoliberal pretenderá la eliminación de todas aquellas trabas que impiden la libertad de empresa en un escenario de creciente globalización de la economía. Así, de forma progresiva, en los lugares donde se imponga electoralmente (Reino Unido con Thatcher y luego con John Major y EE.UU. con Ronald Reagan y George H.W. Bush) se abandonarán las políticas keynesianas desmantelando buena parte del estado de bienestar a través de la eliminación de ciertos programas sociales y la desregulación de los mercados, incluido el de trabajo. Lo curioso es que en el caso del Reino Unido esta nueva cultura gerencial y antiburocrática fue apenas modificada por Tony Blair y su tercera vía que asumió la mayoría de los criterios empresariales de sus antecesores en el cargo. Lógicamente, el actual gobierno británico basado en una alianza entre conservadores y liberales está profundizando las reformas y convirtiéndose en campeón de los recortes del gasto público, en dura competencia con los gobiernos de Irlanda, Grecia, Portugal y España y, en general los países del sur de Europa. 
En el caso del Reino Unido, aunque ha habido muchos cambios en la administración central durante los años de gobiernos conservadores los más importantes, con diferencia, fueron resultado del programa “Próximos Pasos” (Next Steps) iniciado a partir del denominado Informe Ibbs, Mejorando la Gestión del Gobierno de 1988. Este informe recomienda que muchos de los servicios que tradicionalmente habían sido proporcionados directamente por los ministerios deberían ser transferidos  a Agencia Ejecutivas dirigidas por gestores  no políticos y vinculadas a los ministerios centrales a través de Documentos Marco en los que se especificarían sus tareas, responsabilidades y sus objetivos de rendimiento generales, además de sus competencias en materia presupuestaria y de personal. La aceptación por parte del gobierno conservador de las recomendaciones del Informe inició un cambio en la identidad de la administración pública británica de una enorme trascendencia. Su estructura unitaria fue reemplazada por otra multidivisional, cuasi autónoma con una neta diferenciación entre la esfera política y la gerencial o administrativa. Por encima de todo, el gobierno hizo todo lo posible para fomentar un sentido de responsabilidad e identidad corporativa dentro de cada una de las Agencias Ejecutivas. Se introdujeron políticas de remuneración por rendimiento mientras que entre los puestos directivos y en un número creciente de puestos de gestión los contratos temporales e individualizados se convirtieron en la norma. La competencia abierta por los puestos de trabajo de las Agencias a personas sin la condición previa de funcionarios ha desempeñado también un importante papel en la creación de un sentido de identidad corporativa particular. (Más de un tercio de los directores ejecutivos de las Agencias actuales no proceden de las administraciones públicas).
Como resultado de éstos y otros cambios se está reforzando un tipo particular de identidad empresarial en su orientación, muy diferente de la que tradicionalmente ha estado asociada a la administración pública británica donde los sistemas comunes de reclutamiento, remuneración, y organización junto a pautas comunes de conducta contribuyeron a un poderoso espíritu corporativo y de identificación con la Administración en su conjunto.
Otra consecuencia, quizás la más importante de la aplicación del programa “Próximos Pasos” es, como ya hemos dicho, la acentuación de la separación rígida entre política y administración y el debilitamiento de la responsabilidad individual de los ministros frente al Parlamento, ministros que se responsabilizaban de todo lo que ocurría en su Departamento y de todo aquello que sus funcionarios hacían o dejaban de hacer, lo que facilitaba la imparcialidad y neutralidad política de estos últimos.
Uno de los objetivos centrales del programa Próximos Pasos era el de separar las esferas de influencia y las tareas de políticos y burócratas, convirtiendo a los últimos básicamente en gestores lo que plantea una cuestión crucial por resolver como es la de establecer la línea divisoria entre unas y otras funciones. La línea de separación no está ni puede estar claramente delimitada y está fuera de toda duda que existen implicaciones políticas en el trabajo de los funcionarios a lo largo de toda la cadena  jerárquica, especialmente en sus escalones más altos.
En realidad, esta  separación rígida entre la política y la administración o gestión permite a los ministros desviar en ocasiones su responsabilidad hacia los gestores, hacia los directivos de las Agencias Ejecutivas, alterándose así la posición de los funcionarios públicos que se ven obligados a responder directamente de cuestiones que los ministros definen como operacionales. De esta manera se ha modificado la percepción pública  de su imparcialidad frente a los partidos políticos y, además, han sido utilizados a veces como chivos expiatorios de los ministros que no han estado dispuestos a asumir su responsabilidad cuando las cosas no han ido como deberían.
Otro de los objetivos  del programa “Próximos Pasos” es mostrar como los gobiernos no deberían tolerar obstrucciones burocráticas. Los burócratas deberían estar personalmente comprometidos con el éxito de las políticas del gobierno lo que es incompatible con la obligación del funcionario de proporcionar asesoramiento honesto e imparcial sin miedo ni favoritismo, con independencia de que coincida a no con la visión del ministro.
Los peligros que la exigencia de entusiasmo representa tanto para el ethos burocrático de la responsabilidad como para la imparcialidad y neutralidad respecto de los partidos políticos se extiende además a la expectativa de equidad e imparcialidad en el procedimiento a la hora de tratar distintos casos. En particular, el creciente despliegue de medidas de evaluación y la introducción de remuneraciones basadas en el desempeño suponen una amenaza al espíritu de impersonalidad formal –sin odio ni pasión- que Weber había señalado como características constitutivas de la conducta burocrática. Si ha de ser fiel a su verdadera vocación el auténtico funcionario no debe hacer política sino limitarse a administrar imparcialmente. Lo que le está vedado, dice Weber, es pués, precisamente aquello que siempre y necesariamente es característica de los políticos: parcialidad, lucha y pasión son sus pautas de conducta.
Los defensores del programa “Próximos Pasos” y de las teorías de Nueva Gestión Pública parecen incapaces de imaginar las dificultades que implicaría que la gestión de negocios privados y de los asuntos de la administración pública pudieran realizarse de forma idéntica en todos sus aspectos. La administración pública se diferencia de la gestión empresarial, ante todo, por las restricciones impuestas por parte del entorno político dentro del cual se llevan a cabo los procesos de gestión pública.
El papel de los funcionarios no puede ser definido, de forma exhaustiva, en términos de logro de resultados de forma eficiente: existe, además, el deber de cumplir con los diversos límites existentes sobre la acción de los organismos públicos (derecho administrativo) y de satisfacer los imperativos políticos del servicio público –lealtad a los responsables políticos,  receptividad hacia la opinión pública y el parlamento, sensibilidad frente a la complejidad del interés público, honestidad en la formulación del asesoramiento, etc. Un sistema representativo necesita de funcionarios que actúen como guardianes de los valores en relación a los procedimientos de los que son responsables.
Al definir a la burocracia pública en términos económicos como una forma de organización ineficiente no se tiene en cuenta el rol político y ético crucial que desempeña. Si se reduce el tamaño de la burocracia y se adopta un estilo de gestión más empresarial debemos reconocer que, aunque en el corto plazo pueda mejorar la eficiencia económica, los costes a largo plazo que se deben asumir pueden incluir los de la pérdida de la aversión a la corrupción así como la imparcialidad, probidad y fiabilidad en el tratamiento de distintos casos. Efectivamente, como dice Chapman, la burocracia puede ser más cara que otros tipos de organización pero esto no es una sorpresa: La democracia tampoco es necesariamente, la forma de gobierno más barata.
Lo que está en juego en estas reformas que tratan de convertir a las administraciones públicas en una empresa de negocios no son solo asuntos relacionados con operaciones, costes y respuestas a corto plazo. En última instancia, implica cuestiones de carácter constitucional en cuanto afectan a las bases mismas de la vida política democrática.
Los malos resultados de estas políticas gerencialistas y el incremento de los casos de corrupción condujeron a que en 1994 el primer ministro del Reino Unido creara un comité para la fijación de normas de conducta de la vida pública conocido como Comité Nolan por el nombre de su Presidente. Seis meses después se público el informe titulado “Standards in Public Life” que se ha convertido en un referente mundial para cualquier gobierno interesado en la ética de sus políticos y funcionarios
En el caso de España creo que fue significativo de la influencia en nuestro país de esta nueva corriente de pensamiento organizacional la creación en 1986 del Ministerio de Administraciones Públicas desgajando del de Presidencia las competencias en materia de organización administrativa y personal. En los años siguientes se acentúa progresivamente en España la creación de Entes y Organismos de diversa naturaleza jurídica pero que  tienen en común lo que se ha venido a denominar la “huida del Derecho Administrativo•. Se busca liberar a amplias esferas de la administración de las rigurosas normas procedimentales, presupuestarias y en materia de personal (contratación, remuneraciones, etc). Aunque este proceso se produjo también en la Administración Central ha alcanzado su máximo desarrollo en las Administraciones autonómicas y locales. Es ilustrativo para comprobar la creciente influencia de los principios de la Nueva Gestión  Pública en nuestro país la proliferación  de las llamadas Cartas de Servicios, la utilización del término “cliente” en documentos oficiales, la puesta en práctica en numerosos organismos de la técnica de la Dirección por Objetivos y los intentos de aplicar indiscriminadamente la evaluación del rendimiento y el pago de incentivos en función de la productividad. Junto a ello, especialmente en las Comunidades Autónomas y Entes Locales, la contratación de personal sometido al régimen laboral, en muchos casos sin garantías de la aplicación de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Me atrevería a decir que el principio de neutralidad de la función  pública se ha puesto en peligro con graves consecuencias para el control del gasto público y, por ende, de la corrupción.
Quisiera dedicar la última parte de esta exposición a hacer una breve referencia a la neutralidad política de los funcionarios en España y las garantías para su efectividad. Creo que lo que garantiza fundamentalmente el respeto a la neutralidad e imparcialidad de los funcionarios en un  régimen democrático es la delimitación de las áreas  de lo específicamente político y lo administrativo dentro del aparato del Estado así como el establecimiento de una carrera administrativa basada en los principios de mérito y capacidad y articulada en base a criterios objetivos y públicos en el área de lo no político. El principio de neutralidad o imparcialidad de los funcionarios tiene actualmente en España rango constitucional. En efecto, el artículo 103.3 de la Constitución recoge, junto a los principios de mérito y capacidad para el acceso a la Función Pública, el de imparcialidad en el ejercicio de las funciones, principios recogidos en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, ley ésta que, además, diseña un sistema de carrera administrativa basada en los criterios ya aludidos de objetividad y publicidad. Desafortunadamente una serie de modificaciones legales así como las prácticas administrativas han desvirtuado –al menos parcialmente- los objetivos de la ley a lo largo de los años posteriores a su aprobación.
Bien es verdad que se ha producido un intento de revitalizar la carrera o, mejor dicho, carreras administrativas. con lo aprobación del Estatuto Básico del Empleado Público el 7 de abril del 2007.
El Estatuto me parece particularmente importante para el problema del que hemos tratado a lo largo de los últimos minutos que no es otro que el de la ética del servicio público y el descrédito de la burocracia. El Estatuto Básico en su artículo 52 desarrollado en los siguientes, contiene los principios éticos que deben presidir la conducta de los empleados públicos y que por su importancia transcribo a continuación:
“Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres”.
Como vemos, estos principios responden al espíritu de la concepción weberiana del buen burócrata con las naturales adaptaciones al contexto social, cultural y político actual. No cabe, pues, ninguna duda de que, frente a las críticas economicistas de la burocracia y sus valores tradicionales éstos perduran en nuestra Administración, al menos en los textos legales y en la conciencia y en el comportamiento de la mayoría de los funcionarios.
Como colofón quisiera recordar unas palabras de D. Manuel Azaña que en 1923 decía:”es de interés primordial para los españoles el que el Estado acapare, en lo posible, los mejores ingenieros, los mejores médicos, los mejores letrados, disputándoselos a la industria privada y a las profesiones libres. Abaratar la Administración no es criterio admisible, porque mientras siga siendo defectuosa e incapaz, por poco que cueste será cara”.

Autor : Julian Álvarez Álvarez

MANIFIESTO FUNDACIONAL DE LA ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA



En la era de la globalización, las Administraciones Públicas representan importantes sectores de la actividad y en ella desempeñan sus funciones centenares de miles de personas.
En general, en nuestro país, más de dos millones y medio de funcionarios y empleados públicos trabajan cada día para  poner en funcionamiento los servicios públicos esenciales, administrando sectores de la actividad social y económica, o participando en la regulación de la sociedad. Según los estudios demoscópicos especializados, la opinión pública considera que nuestra Administración pública y nuestros funcionarios desarrollan su actividad en numerosos sectores con un grado de eficacia y eficiencia notable, pero algunos lugares comunes en sentido distinto parecen extendidos en exceso en nuestra sociedad. Uno de ellos, quizás no el más importante ,teniendo en cuenta la crisis en la que vivimos y las perspectivas de futuro nada halagüeño que parecen compartir una gran mayoría de españoles, se refiere al desprestigio de lo público, con sus secuelas de la ineficacia del sector público, la holgazanería de sus funcionarios y la consideración de que en buena parte los males de España tienen su profunda raíz en la ineficacia, la desmesura de las Administraciones Públicas y la incompetencia de los servidores públicos.
Las personas que formamos parte de la Academia Española de Administración Pública no estamos de acuerdo con estas afirmaciones. Todos nosotros, profesionales del sector público  hemos realizado y llevado a cabo proyectos que han mejorado la convivencia y el bienestar ciudadano,  hemos prestado servicios a la sociedad que han incrementado el nivel de vida de los españoles, y a ello hemos dedicado todo nuestro esfuerzo , por lo que creemos que debemos resaltar el valor la Administración Pública, el sector público, el trabajo de los empleados y funcionarios públicos y , en definitiva, lo público como garantía de convivencia y felicidad de los ciudadanos.
Todos nosotros, firmantes de este manifiesto, compartimos los siguientes principios y valores:
•    Constatamos que nuestro país pasa por una importante crisis económica a la que acompaña en los últimos años, una particular huida hacia delante de determinados responsables políticos que intentan escudar su impericia y errores en los pretendidos fallos de la Constitución de 1978.Nuestra actual Constitución fue un logro y sigue siendo la garantía del mayor período de la historia de España con un régimen democrático. Nos parece que como todas las leyes, aún la Ley Fundamental, pueden mejorarse, pero creemos que la Constitución de 1978 continúa siendo un instrumento eficaz de nuestra convivencia y aún tiene virtualidades que ameritan un desarrollo diferente. En todo caso, si hubiera de modificarse, apoyamos que se haga en un clima de consenso como el que propició su elaboración en los albores de la Transición a la Democracia. Precisamente, una gran parte de los funcionarios contribuyeron al establecimiento  del Estado de las Autonomías con su profesionalidad, haciendo posible que las instituciones durante la Transición funcionaran adecuadamente, participando en el proceso de democratización de nuestro país. Nosotros lo seguimos haciendo.
•    Participamos de la idea, demostrada por decenas  de años de experiencia, de que los funcionarios públicos seleccionados por los principios constitucionales  de mérito y capacidad, constituyen una garantía del buen funcionamiento de la Administración Pública y son un obstáculo a la corrupción. Son, además, un requisito indispensable del conocimiento adecuado de las políticas públicas, imprescindible para la toma de decisiones acertada por parte de los responsables políticos de raíz democrática.
•    Consideramos que la  conjunción de las personas elegidas con base en las Instituciones democráticas como el sufragio y quienes basan su legitimidad en un sistema meritocrático, generan a la sociedad una garantía de mejora de su convivencia y de eficacia en el hacer de los poderes públicos, como ocurre en todos los países democráticos. Así, la Administración pública, servida básicamente por cuerpos de funcionarios no elegidos sino admitidos tras mecanismos selectivos amparados y descritos en la Ley, es un instrumento de ejecución de la misma, con una función de articulación entre el poder elegido y el ciudadano elector.
•    Aceptamos que vivimos en la economía de mercado, pero nuestro propósito es otro distinto al que los mercados persiguen. Consideramos  que el funcionamiento de los poderes públicos debe basarse en ideas de lograr el bienestar de los ciudadanos, corregir las desigualdades sociales y ayudar a que todos tengan iguales posibilidades en la sociedad democrática. Mercado, pero con regulación; beneficios, pero con redistribución; economía pero con política.
•    Pensamos que nuestra Administración Pública debe evolucionar, cómo evoluciona la sociedad y, en consecuencia, debe mejorar su funcionamiento, acercándose  más a los ciudadanos y prestando un servicio de mayor calidad, eficacia y eficiencia.
¿Por qué una Academia?
Hemos utilizado el término Academia porque pretendemos ir a las raíces, al concepto platónico de Academia como un centro ajardinado donde florezcan las ideas de un conjunto de profesionales, gestores y teóricos de las Administraciones Públicas españolas cuyo principal fin es el de contribuir a mejorar el funcionamiento de nuestra Administración, de nuestro Estado, por medio del concurso, las ideas y las propuestas de un grupo de profesionales del sector público.
¿Quién puede pertenecer a la Academia?
Funcionarios públicos, empleados públicos, profesores  de las materias relacionadas (ciencia política y sociología, derecho administrativo, ciencia de la Administración, Políticas públicas, economía, fianzas públicas…). En general , todos aquellos que compartan las ideas aquí expuestas y que ingresen en ella mediante los sistemas de acceso determinados en sus estatutos, que deberán establecer como requisito la experiencia relevante en algún sector de las Administraciones Públicas.
¿Para qué creamos esta Academia?
•    Para debatir entre profesionales sobre los principales aspectos de la Administración que nos preocupan.
•    Para proponer medidas de mejora en el funcionamiento de la Administración.
•    Para establecer posición ante determinados acontecimientos de relevancia para los poderes públicos y para  defender aquellas políticas públicas y modos de gestión que consideremos positivos para el desarrollo de nuestra Administración Pública y de España.
•    Para ayudar al desarrollo de procesos y modos de gestión de las Administraciones Públicas que puedan mejorar la convivencia ciudadana.
•    Para formarnos  a nosotros mismos y contribuir a formar a otros profesionales  en las materias relacionadas con la Administración Pública.
•    Para relacionarnos entre profesionales del sector público que compartimos este ideario de desarrollo y mayor eficacia de la Administración Pública.
•    Para compartir experiencias y teorías que ayuden a mejorar la gestión pública y el funcionamiento de las organizaciones.
•    Para colaborar con otros profesionales españoles o extranjeros para contribuir a mejorar el conocimiento y la gestión de los asuntos públicos.

¿Qué actividades va a desarrollar la Academia?
•    Debates
•    Conferencias
•    Sesiones de aceptación de miembros
•    Cursos de formación
•    Asistencias Técnicas
•    Publicaciones
•    Declaraciones Públicas

Madrid, 26 de junio 2013
Firman este manifiesto:

1.-Álvarez Álvarez, Julián

2.-Velázquez López, Francisco Javier

3.- Souto Alonso, Angel Jorge

4.- Alarcón Montoya, Juan

5.-Ramos Fernández Torrecilla, Francisco

6.- Muriel Rodríguez, Félix

7.-Herrero Juan, Luis

8.-Entrena Cuesta, Gerardo

9.-Guerrero Salom, Enrique

10.-Valero Iglesias, Javier

11.-Paradela González, Luis Felipe

12.-Fernández Palomares, Eduardo

13.-González Gallardo, Leandro

14.-González de Dios, Evencio

15.-Blanco Magadán, Juan Antonio

16.-Mayoral Cortés, Victorino

17.-Chamorro García, Daniel

18.-Lillo Pérez, José

19.-Herrera Diaz Aguado, Luis

20.-Alvarez Durante, Maria Luisa

21.-Diaz de Liaño Arguelles, Fernando

22.-Mapelli Marchena, Clara

23.-Gomez García, Carlos

24.-Valdés Verelst, Fernando

25.-Entrena Ruiz, Daniel

26.-Borras Marimón, Francisco

27.-Bacigalupo Saggese, Mariano

28.-Santano Soria, Miguel Angel

29.-Garde Roca, Juan Antonio

30.-Villoria Mendieta, Manuel

31.-Da Cunha Rivas, Fernando

32.-Lopez Pulido, Rubén

33.-García Regueiro,  José Antonio

34.-Vanaclocha Bellver, Francisco José

35.-Alejandre Martínez, Jaime

36.-Llanos Castellanos, Maria

37.-Torres Herrero, Agustín

38.-Maestre Yenes, Pedro

39.-Gutierrez Guinea, Ernesto

40.-Laiz Castro, Consuelo

41.-Perez Escanilla, Juan

42.-Bobillo de la Peña, Francisco Javier

43.-Ramos, Ramos, Benito

44.-Sanchez Naranjo, Consuelo

45.-Calvo Merino, Luis

46.-Garrido Ávila, Alfonso

47.-Sánchez Pintado, Fernando

48.-Pedrueli Nuche, Margarita

49.-Ruiz González, Aurora

50.-Hernández Diaz, Felipe

51.-Redondo Parral, Juan Antonio

52.-Lucendo de Lucas, Pilar

53.-Alvarez Ossorio , Luis

54.-Cámara Fernández de Sevilla, Juan

55.-Torreblanca Prieto, José

56.-Paniagua Soto, Juan Luis

57.-Herrera Rodríguez, Alberto

58.-Gonzalez Gómez, Alfredo

59.-Fernández Simón, Angeles

60.-Martín Pérez, Pedro Antonio

61.-Moscoso del Prado Muñoz, Javier

62.-Adiego Samper, Carlos

63.-Cimas Hernando, Marta

64.-Ortega Suárez, Francisco

65.-Hernández Lafuente, Adolfo

66.-Nicolás Muñiz, Jaime

67.-Vida Fernández, José

68.-González Pedraz, Judith

69.-Soleto García, José

70.-Pérez Prat, Cristina

71.-Ruiz de Azúa, Miguel Angel

72.-Hernando Martín, Felix

73.-Serrano Martínez, José Enrique

74.-Lorenzo Brito, Leticia

75.-Heras Poza, Enrique

76.-De la Torre Lluch, Carlos

77.-Bellver Moreira,  María Eugenia

78.-Castillo Sempere, Joaquín.

79.- Garde Lobo, Pablo

80.-Ruano, Jose Manuel

81.-Ariza Seguin, Manuel.

83.-Gomez de Agüero, Javier.

84.-Martínez Bargueño, Manuel.

85.-Llera Ramo, Francisco José.

86.-Masegosa, Jose Luis.

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